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¿Cuáles son los requisitos para contar con la viabilidad técnica y financiera de un proyecto de infraestructura de transporte?
Una viabilidad es el estudio de un proyecto que permite predecir si este va a ser exitoso o no. Aquellas entidades públicas o privadas que quieran acceder a líneas de Findeter con tasa compensada deben presentar siempre una viabilidad, porque involucran recursos del Estado, por lo que se debe garantizar que la iniciativa que va a ser financiada con este crédito tiene todas las probabilidades de llegar a feliz término.
Proyectos de infraestructura de transporte
Las viabilidades son otorgadas por cada uno de los ministerios que son cabeza de sector y es clave conocer los requisitos para su aprobación y certificación. Por eso, Findeter presenta a continuación los puntos más relevantes de la Resolución 4413 de 30 de diciembre de 2014 , relacionada con los proyectos de infraestructura de transporte y su seguimiento, que serán financiados a través de crédito de redescuento con tasa compensada del programa ‘Reactiva Colombia’.
1. ¿Cuáles son los proyectos financiables?
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2. ¿Quién otorga la viabilidad técnica y financiera?
a) Dirección de InfraestructuraLos proyectos de infraestructura vial de carácter departamental, fluvial sobre el río Magdalena, que cuenten con concepto de Cormagdalena, y proyectos de sistemas de transporte por cable: teleférico, cable aéreo, cable remolcador y funicular, en espacio público y/o con destinación al transporte de carga o pasajeros, que tengan carácter rural. |
b) Dirección de Transporte y Tránsito:
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c) El Instituto Nacional de Vías - Invías:Los proyectos relacionados con el modo carretero de la red vial no concesionada a cargo de la Nación, la red terciaria existente en el territorio nacional y los proyectos de los modos férreo y fluvial no concesionados. |
d) La Agencia Nacional de Infraestructura - ANI:Los proyectos relacionados con la infraestructura de transporte concesionada a su cargo de modo carretero, férreo, aéreo y portuario. |
e) La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil:Los proyectos relacionados con la infraestructura aeroportuaria y aeronáutica de su competencia. |
3. ¿Qué documentos se necesitan para presentar proyectos con viabilidad?
Los proyectos que se radiquen en la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte deben ir acompañados del Formato 1 de solicitud, Información básica proyectos de construcción, reconstrucción, reparación, mejoramiento, ampliación, operación y mantenimiento de la infraestructura de transporte. Dicho formato debe venir firmado por el representante legal y acompañado de lo siguiente:
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a) Proyectos de infraestructura de SITM, SETP y SITP
Los contemplados en los documentos CONPES específicos para el desarrollo del proyecto de que se trate y/o en los convenios de cofinanciación suscritos entre la Nación, los departamentos y los municipios, adicionalmente se deberá presentar los siguientes documentos:
- Certificación expedida por el ente gestor, donde conste que los recursos serán invertidos en gastos de infraestructura incluidos en el convenio de cofinanciación suscrito entre la Nación y el municipio, que se encuentran discriminados dentro del anexo del convenio.
- Certificación expedida por el ente gestor, donde se garantice el cumplimiento de la relación de aportes establecida en el artículo 2° de la Ley 310 de 1996, cuando el beneficiario de la línea de redescuento de Findeter sea el o los entes territoriales que hacen parte del convenio de cofinanciación.
- Certificación expedida por la entidad territorial, en la cual se indique que el Ente Gestor contratará las obras.
- Certificación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, donde conste las proyecciones de gasto de mediano plazo del solicitante, cuando este sea una entidad territorial.
b) Infraestructura de transporte para patios y talleres
La propuesta deberá estar avalada y certificada por el respectivo ente gestor como infraestructura requerida para la operación del SITM, SETP y SITP, y deberán contar con las licencias de construcción y demás a que haya lugar.
c) Infraestructura de transporte por cable
Proyectos que se integren con los SITM, SETP y los SITP del país, y que no tengan un documento CONPES específico, el solicitante deberá entregar:
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d) Adquisición de equipos y bienes requeridos para el desarrollo de la operación del sector transporte son:
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Aprobación y expedición de viabilidades para la adquisición de bienes y servicios
Se debe radicar el ‘Formato 2’, Información básica para la adquisición de equipos y bienes para el desarrollo de la operación, que debe ir firmado por el representante legal y acompañado de lo siguiente:
- Certificación original por el intermediario financiero que otorgará el crédito, donde conste el cupo de crédito aprobado. Tratándose de leasing, la aprobación y descripción de los componentes incluidos en el contrato de arrendamiento financiero.
- Carta del representante legal donde certifique que se hace responsable de los costos de mantenimiento y administración del equipo.
- Cuando se trate de una solicitud para adquisición de predio, deberá adjuntarse:
- Certificación indicando que el predio se requiere para el desarrollo de un proyecto de infraestructura
- Plano con la ubicación del predio dentro del proyecto
- Certificado de tradición y libertad del predio expedido con una antelación no superior a 30 días
- Avalúo comercial por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) o de una lonja de propiedad raíz acreditada.
e) Solicitudes presentadas por entidades públicas
Adjuntar copia de la ordenanza del acuerdo, acta de junta o consejo directivo, según sea el caso, donde se autorice la adquisición del crédito.
En el caso de la adquisición de vehículos dentro de SITM, SETP y SITP, adicionalmente el solicitante debe presentar los siguientes documentos:
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4. Tenga en cuenta lo siguiente:
- Los costos de la interventoría deben estar incluidos en el presupuesto del proyecto. La interventoría será contratada por el beneficiario y debe considerar los aspectos técnicos, financieros, contables y legales.
- Cuando el proyecto cuente con recursos de cofinanciación, el proponente deberá certificar la fuente de dichos recursos e informar qué componentes del proyecto se cubrirán con los mismos.
- No se aceptan proyectos que contemplen tanto los estudios y diseños como las obras. En este evento, se debe presentar en primera instancia la solicitud para los estudios y diseños, y posteriormente cuando estos estén terminados y debidamente aprobados, se podrá presentar el proyecto para la ejecución de las obras.
- Para las solicitudes relacionadas con la operación y prestación del servicio público de transporte de pasajeros dentro de los SITM, SETP y SITP, tales como sistemas de recaudo y sistemas de monitoreo y tráfico, el solicitante deberá presentar además de lo previsto en la presente resolución, una certificación expedida por el ente gestor donde conste que el sistema de recaudo y/o el sistema de monitoreo y tráfico cumple con las especificaciones técnicas requeridas para el proyecto.
- Los departamentos, distritos, municipios y demás entidades beneficiarias de estos recursos, serán responsables de la ejecución de los mismos, en el ámbito fiscal, financiero, técnico y ambiental.
- Se deberá incluir en el presupuesto de los proyectos y/o solicitudes un 2% de su valor total para financiar la evaluación, seguimiento y el control a los beneficiarios de la línea de crédito (recaudo de Findeter).
- La viabilidad estará circunscrita a la entrega de la certificación expedida por el intermediario financiero que va a otorgar el crédito, donde conste que el solicitante tiene aprobado un cupo de crédito o una operación leasing.
- Las entidades del sector encargadas de viabilizar los proyectos podrán solicitar en cualquier momento a los departamentos, municipios y demás entidades información relacionada con la destinación y ejecución de los recursos asignados. Igualmente podrán realizar visitas aleatorias como complemento al seguimiento de la ejecución de los recursos.
- El Ministerio de Transporte, en forma directa o a través de terceros, realizará el seguimiento a los recursos asignados y al cumplimiento de las condiciones de la línea de redescuento, así como el control y seguimiento a los beneficiarios de esta.
- Tratándose de proyectos de infraestructura, el seguimiento y control consistirá en verificar que el alcance físico del proyecto postulado se contrate y ejecute en los mismos términos y condiciones en los que se presentó el proyecto y con los cuales se obtuvo la certificación de viabilidad.
- Los vehículos adquiridos deberán operar en el sistema desde el momento mismo de su entrega.
- Al recibir el primer desembolso, el beneficiario deberá instalar en el sitio de la obra una valla informativa sobre el alcance del proyecto (infraestructura - obras civiles).
5. Tiempos
La Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte remitirá los proyectos radicados a la dependencia o entidad competente dentro de los ocho días hábiles siguientes a su radicación y estos contarán con un plazo máximo de 20 días hábiles para expedir al solicitante la certificación de la viabilidad del proyecto, de ser procedente, o la decisión motivada en caso contrario, con copia a Findeter.
En el evento que un proyecto radicado esté incompleto o requiera de una gestión de trámite a cargo del peticionario, la dependencia o entidad competente lo requerirá por una sola vez. Se entenderá que el solicitante ha desistido de su solicitud cuando no satisfaga el requerimiento.