Los entes de control que vigilan a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter son:
Superintendencia Financiera de Colombia
Dirección | Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá, D.C. |
Teléfono | +57 601307 8042 |
super@superfinanciera.gov.co | |
Sitio web | https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/index.jsf |
Tipo de control |
La Superintendencia Financiera de Colombia, es un organismo técnico que tiene por objetivo supervisar el sistema financiero colombiano con el fin de preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como, promover, organizar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados. A través de esta opción usted puede presentar una queja contra Findeter ante la Superintendencia Financiera de Colombia. |
Contraloría General de la República
Dirección | Carrera 69 No. 44 - 35, Bogotá, D.C. |
Teléfono | +57 601 518 7000 |
cgr@contraloria.gov.co | |
Sitio web | https://www.contraloria.gov.co/ |
Tipo de control |
La Contraloría General de la República es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. A través de esta opción usted puede presentar una queja o denuncia contra Findeter ante la Contraloría General de la República. |
Procuraduría General de la Nación
Dirección | Carrera 5 # 15-80, Bogotá D.C. |
Teléfono | +57 601 587 8750 |
quejas@procuraduria.gov.co | |
Sitio web | https://www.procuraduria.gov.co/portal/ |
Tipo de control |
Ejerce el control disciplinario del servidor publico, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el articulo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991. A través de esta opción usted puede presentar una queja o denuncia contra FINDETER ante la Procuraduría General de la Nación. |
Como mecanismos de Control Interno y de conformidad al Código de Buen Gobierno adoptado por Findeter tenemos:
Mecanismos de Control Interno
1. Comité de Auditoría de la Junta Directiva
El Comité de Auditoría tiene como objeto el servir de apoyo a la Junta Directiva en la toma de decisiones atinentes al control y mejoramiento del Sistema de Control Interno. Al Comité de Auditoría le corresponde definir la estructura y la supervisión de la operación de los sistemas Control Interno de Findeter, de forma tal que se pueda establecer si los procedimientos diseñados protegen razonablemente los activos de la Entidad, velando por la transparencia de la información financiera y su apropiada utilización y actúa de conformidad con lo estipulado en la Circular Externa 029 de 2014 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, y demás disposiciones que las modifiquen o sustituyan.
El comité estará integrado por los siguientes miembros:
- Jorge Armando Rodriguez - Independiente
- Sandra Patricia Rodriguez - Independiente
- Jhoanna Paola Restrepo - Patrimonial
2. Comité de Coordinación de Control Interno
El objetivo del Comité de Coordinación de Control Interno es ordenar las acciones necesarias para garantizar el funcionamiento articulado, eficiente y eficaz del Sistema de Control Interno, según lo establecido en la Ley 87 de 1993, en el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Este Comité se encuentra integrado por el Presidente, el Secretario General, el Vicepresidente Financiero, el Vicepresidente Comercial, el Vicepresidente de Operaciones, el Vicepresidente Técnico, el Vicepresidente de Riesgos, el Vicepresidente de Planeación y el Gerente de Planeación y Gestión. Podrá asistir como invitado cualquier trabajador que en concepto del Presidente o del Comité se considere necesario. El Comité lo presidirá el Presidente, en su ausencia, lo presidirá uno de los representantes legales de la Entidad, de acuerdo con el orden previsto para tal fin en los Estatutos. El Secretario Técnico del Comité será el Jefe de la Oficina de Control Interno de Gestión.